El presidente Andrés Manuel López Obrador abrió la posibilidad de juzgar a los expresidentes de México a través de una consulta ciudadana, pero ¿cómo sería este proceso, de acuerdo con la Constitución?
Las consultas populares pueden ser convocadas por el Congreso, a petición del Presidente, el 1 y el 15 de septiembre
A petición del presidenteLos ciudadanos pueden solicitarla, en un número equivalente, al menos, al 2% de los inscritos en la lista nominal de electores.
Por los ciudadanosLa petición debe ser aprobada por la mayoría del Senado y en San Lázaro
La Suprema Corte resolverá sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta
El INE tendrá a su cargo la organización cómputo y declaración de resultados
Por ley, debe hacerse el primer domingo de agosto, aunque AMLO ha afirmado que desea hacerla el mismo día de la jornada electoral federal, el 6 de junio
Cuando la participación total corresponda, al menos, al 40% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, el resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo.
Ilustración: Dante de la Vega