La Ley Federal del Trabajo reconoce el home office como el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón.
Requiere el uso de las tecnologías de la información para establecer comunicación entre trabajador y patrón.
Se deben entregar insumos, equipo de trabajo y mecanismos de contacto a los trabajadores.
Te tienen que mantener el mismo sueldo, dar computadora, internet y luz.
Se obliga a dar el mismo trato a los trabajadores a distancia que a quienes asisten a la oficina.
Se reconoce el derecho a la desconexión.
Se reconoce la necesidad de establecer mecanismos de capacitación para garantizar la adaptación y aprendizaje.
Solamente podrán utilizarse cámaras de video y micrófonos de manera extraordinaria para supervisar a los trabajadores.
Habrá inspectores del trabajo para verificar el cumplimiento de la Ley.